VISTO el expediente N° 0375-69-001-2023, en relación a lo exhortado por el Poder Ejecutivo a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) por el Decreto Nº 343/022, de 21 de octubre de 2022, reglamentario del artículo 237 de la Ley Nº 19.889 de 9 de julio de 2020;
RESULTANDO: I) que la Resolución N° 550/2023 de fecha 10 de octubre de 2023 puso en consulta pública la propuesta de modificación por 60 días (consulta pública N° 61);
II) que en dicha instancia se recibieron contribuciones de DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE COMBUSTIBLES S.A. (DUCSA), MEGAL S.A., RABUFER LTDA. y RIOGAS S.A.;
III) que el informe de respuesta a los aportes y la propuesta de modificaciones a elevar al Directorio, fue elaborado por el equipo interdisciplinario de asesores que trabajan en esta Unidad Reguladora, quienes analizaron todas las contribuciones recibidas y respondieron las mismas;
IV) que las Gerencias General, de Fiscalización y de Regulación comparte la propuesta sugerida;
CONSIDERANDO: I) que debido al procedimiento utilizado de Consulta Pública, donde han participado los agentes involucrados, la propuesta resultante se estima tendrá una adecuada receptividad;
II) que corresponde aprobar el documento que da respuesta a los aportes elevado;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción vigente, al Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo de GLP, la Resolución Ursea N° 59/017 en la redacción dada por la Resolución N° 310/020 referidas al procedimiento de consulta pública y a lo informado en obrados;
EL DIRECTORIO DE URSEA
RESUELVE:
1.- Aprobar el documento de respuesta a la consulta pública N° 61 que se adjunta y forma parte de esta Resolución.
2.- Notifíquese, publíquese en la Web de Ursea y oportunamente archívese.
2.14.0.0
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